{"id":659,"date":"2025-10-30T12:10:37","date_gmt":"2025-10-30T15:10:37","guid":{"rendered":"https:\/\/pressroom.cqap.com.ar\/?p=659"},"modified":"2025-10-30T12:11:39","modified_gmt":"2025-10-30T15:11:39","slug":"nuevo-golpe-judicial-en-la-industria-vitivinicola","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/pressroom.cqap.com.ar\/index.php\/nuevo-golpe-judicial-en-la-industria-vitivinicola\/","title":{"rendered":"Nuevo golpe judicial en la industria vitivin\u00edcola"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>La sentencia responsabiliza a EcoGreen International LLC, a su titular Marcelo Bocardo, y a Jugos Australes S.A. por el perjuicio ocasionado, y les ordena pagar m\u00e1s de U$S16.000.000 a Iberte. El fallo, adem\u00e1s, env\u00eda una se\u00f1al clara sobre la seguridad jur\u00eddica con la que cuentan los inversores en Argentina, al ratificar que los compromisos contractuales deben cumplirse y que el incumplimiento conlleva sanciones efectivas. Tambi\u00e9n alerta un frente judicial para Fecovita, por la similitud de las causas y los antecedentes que se consolidan con esta resoluci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Tercera C\u00e1mara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Minas, de Paz y Tributario de Mendoza ratific\u00f3 el laudo arbitral que finaliza el litigio entre Iberte y EcoGreen International LLC, empresa de Marcelo Bocardo. El fallo establece que los codemandados -EcoGreen, Jugos Australes S.A. y Bocardo- deben responder solidariamente ante Iberte por la suma de U$S 12.195.750, m\u00e1s intereses desde la mora, suma que actualmente supera los U$S16.000.000.<\/p>\n\n\n\n<p>Con esta sentencia, la justicia confirma que existi\u00f3 un incumplimiento contractual esencial por parte de EcoGreen y de Bocardo, al no cumplir con la entrega del producto acordado (mosto concentrado) pese a haber recibido el pago correspondiente por parte de Iberte. El fallo refuerza la confianza en el sistema judicial argentino, que act\u00faa con independencia y previsibilidad, consolidando las bases de un entorno confiable para las inversiones productivas, nacionales y extranjeras.<\/p>\n\n\n\n<p>En su fallo la C\u00e1mara afirma tambi\u00e9n que Iberte no actu\u00f3 como un mero inversor sin riesgo, sino como parte contratante que cumpli\u00f3 con su obligaci\u00f3n y se vio privada de lo que legalmente correspond\u00eda. En ese sentido, la sentencia establece claramente que Iberte fue perjudicada y que la obligaci\u00f3n debe resarcirse.<\/p>\n\n\n\n<p>De hecho, la imposici\u00f3n de la garant\u00eda prendaria sobre las acciones de Bocardo refuerza la dimensi\u00f3n de la responsabilidad personal, y no s\u00f3lo empresarial, en el incumplimiento. Finalmente, el tribunal coincidi\u00f3 con el planteo de Iberte al considerar que la falta de cumplimiento en la entrega de productos cuyo pago se hab\u00eda acreditado, gener\u00f3 el da\u00f1o que ahora deber\u00e1 ser indemnizado.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cM\u00e1s all\u00e1 de ratificar el da\u00f1o ocasionado por Marcelo Bocardo y sus implicancias penales, con esta sentencia, la Justicia mendocina env\u00eda un mensaje claro: cuando se pacta una obligaci\u00f3n, su incumplimiento sistem\u00e1tico configura m\u00e1s que una mera mora; la responsabilidad puede alcanzar al deudor principal, a los garantes y a los que se benefician de la articulaci\u00f3n societaria que rodea el contrato. En este caso, Bocardo y sus sociedades quedan se\u00f1alados como responsables del perjuicio ocasionado a Iberte, y deber\u00e1n pagar una suma que, con intereses, calculamos en m\u00e1s de US $ 16.000.000\u201d, afirma Carlos Aguinaga, abogado de Iberte.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>El compromiso de transformar justicia en desarrollo social<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Es importante recordar que Juan Jos\u00e9 Retamero, entonces apoderado de Iberte, anunci\u00f3 que la totalidad de las sumas que se obtengan en estos juicios por recupero -incluyendo los m\u00e1s de U$S 16.000.000 de este fallo, y lo que respecta a Fraccionadora san Jua, Jugos Australes, Bodegas Gal\u00e1n y Fecovita)- ser\u00e1n canalizadas a trav\u00e9s de una fundaci\u00f3n para proyectos de bien p\u00fablico en Argentina.<\/p>\n\n\n\n<p>El propio Retamero decidi\u00f3 destinar ese capital, junto con su rendimiento y la mano de obra necesaria, a la construcci\u00f3n de un parque fotovoltaico, cuyo retorno recon\u00f3mico ser\u00e1 invertido \u00edntegramente en iniciativas de impacto social. De esta manera, una sentencia que refuerza la seguridad jur\u00eddica para los inversores tambi\u00e9n se convierte en una oportunidad concreta de generar energ\u00eda limpia y desarrollo comunitario.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cQueda pendiente a\u00fan la causa penal contra Marcelo Bocardo, que ya ha sido elevada a juicio, representando esta sentencia una fuerte confirmaci\u00f3n del da\u00f1o producido por \u00e9l\u201d, asegura Carlos Aguinaga.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Prohibiciones vigentes<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Es importante resaltar que por esta causa y a partir del laudo de primera instancia, la justicia orden\u00f3 el embargo preventivo de la planta de mosto de Jugos Australes y la Bodega de esa empresa en Rivadavia, Mendoza. Adem\u00e1s, tambi\u00e9n se ordenaron embargos preventivos sobre ingresos por exportaciones pendientes de Jugos Australes y cuentas bancarias que los demandados pudieran tener en EEUU.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, y como derivaci\u00f3n de investigaciones originadas en los incumplimientos de las empresas de Marcelo Bocardo, se ha iniciado sumario penal cambiario por parte del BCRA.<\/p>\n\n\n\n<p>Por su parte, Marcelo Bocardo en forma personal, ha sido imputado por el delito de desbaratamiento de empresa y tentativa de estafa procesal (con uso de documento falso), por maniobras realizadas intentando evitar el pago de sus deudas, causa que ya ha sido elevada a juicio por la Unidad de Delitos Econ\u00f3micos del Ministerio P\u00fablico Fiscal.&nbsp; El empresario tiene prohibida la salida del pa\u00eds e inclusive de la provincia de Mendoza.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La relaci\u00f3n con Fecovita<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Este fallo resuena y adquiere un valor de antecedente muy significativo si se lo vincula con el conflicto judicial que actualmente enfrenta Fecovita con Iberte.<\/p>\n\n\n\n<p>En el expediente que tiene como contraria a Fecovita, Iberte denunci\u00f3 que fue enga\u00f1ada para conformar una sociedad (EVISA) y as\u00ed lograr que Iberte aportara capital en m\u00e1s de U$S 30.000.000 y, como contrapartida, Fecovita no cumpli\u00f3 con las obligaciones de entrega de vino, mosto y aportes societarios de la Bodega Resero.<\/p>\n\n\n\n<p>Las imputaciones por estafa contra los directivos y ex directivos de Fecovita Rub\u00e9n Panella, Eduardo Sancho, Jorge Ira\u00f1eta y Juan \u00c1ngel Rodr\u00edguez, lo confirman: la Fiscal\u00eda de Delitos Econ\u00f3micos de Mendoza acusa un plan enga\u00f1oso con abuso de confianza, simulaci\u00f3n de aportes, incumplimiento y desv\u00edo de fondos. Sumado a ello, tambi\u00e9n los miembros de la Mesa Directiva de la Federaci\u00f3n y su sindicatura han sido imputados por el delito de balance falso.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa analog\u00eda con el caso de Bocardo-Jugos Australes-EcoGreen no es casual: en ambos casos se observa la entrega de recursos o capital por parte de un contratante (Iberte) que luego no recibi\u00f3 lo pactado; en ambos hay contratos que, m\u00e1s all\u00e1 de la forma, terminan siendo de facto un compromiso de pago que no se cumple; y en ambos se ejercen garant\u00edas o sociedades como pantalla de un negocio que no se ejecuta como previsto\u201d, explica Aguinaga.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEn definitiva, el fallo de C\u00e1mara en el caso Bocardo refuerza la l\u00f3gica jur\u00eddica que en el caso Fecovita-Iberte podr\u00eda derivar tambi\u00e9n en condenas civiles y penales, pues se perfila como un mismo patr\u00f3n: incumplimiento serio, da\u00f1o a la parte inversora y responsabilidad de los dirigentes. Lejos de ser un \u2018modus operandi\u2019 de Iberte, como lo han sostenido en forma conjunta Bocardo y la Mesa Directiva de Fecovita, ha resultado ser un \u00b4modus operandi\u00b4 de estos empresarios vitivin\u00edcolas inescrupulosos: cobrar y no entregar\u201d, concluy\u00f3 el abogado penalista.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La sentencia responsabiliza a EcoGreen International LLC, a su titular Marcelo Bocardo, y a Jugos Australes S.A. por el perjuicio ocasionado, y les ordena pagar [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":6,"featured_media":660,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[6,14],"tags":[300,303,299,302,301],"class_list":["post-659","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-empresas","category-vinos-y-espirituosas","tag-ecogreen","tag-fecovita","tag-industria-vitivinicola","tag-mendoza","tag-vinos"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/pressroom.cqap.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/659","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/pressroom.cqap.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/pressroom.cqap.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/pressroom.cqap.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/6"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/pressroom.cqap.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=659"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/pressroom.cqap.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/659\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":662,"href":"https:\/\/pressroom.cqap.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/659\/revisions\/662"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/pressroom.cqap.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/660"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/pressroom.cqap.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=659"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/pressroom.cqap.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=659"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/pressroom.cqap.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=659"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}